DECRETO 14/2013, de 5 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se nombra a los miembros del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón.

Publicado el 12/02/2013 (Nº 30)
Sección: II. Autoridades y Personal - a) Nombramientos, situaciones e incidencias
Emisor: DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
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Texto completo:

La Ley 3/2011, de 24 de febrero, de medidas en materia de Contratos del Sector Público de Aragón crea el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón, como órgano colegiado especializado, competente para la revisión de los procedimientos de contratación promovidos por las entidades incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley.

Al Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón se le atribuye por el ordenamiento jurídico competencias para conocer y resolver los recursos especiales en materia de contratación a que se refiere el artículo 40 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, así como para los contratos de obras de valor estimado superior a 1.000.000 de euros y de suministros y servicios superior a los 100.000 euros; conocer y resolver las cuestiones de nulidad contractual establecidas en los supuestos especiales del artículo 37 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, adoptar las decisiones pertinentes sobre las medidas cautelares o provisionales que se puedan solicitar por las personas legitimadas en los procedimientos anteriormente establecidos; y conocer y resolver las reclamaciones y cuestiones de nulidad que se interpongan en los supuestos previstos en los artículos 101 y 109 de la Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales, así como adoptar las decisiones pertinentes sobre las medidas cautelares o provisionales que se puedan solicitar en tales casos.

La Ley 3/2011, de 24 de febrero, establece en el apartado primero del artículo 18 que "El Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón estará compuesto por un Presidente y dos vocales" y en el apartado segundo del mismo precepto que "La designación del Presidente y los vocales de este Tribunal se realizará por Decreto del Gobierno de Aragón, previa información a las Cortes de Aragón y a propuesta del Consejero competente en materia de contratación pública."

En su virtud, a propuesta del Consejero de Hacienda y Administración Pública, como titular del Departamento competente en materia de contratación pública, en virtud de lo dispuesto en el Decreto 320/2011, de 27 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Hacienda y Administración Pública, una vez informadas las Cortes de Aragón y previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 5 de febrero de 2013,

DISPONGO:

Primero.- Nombrar Presidente del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón a D. José María Gimeno Feliú, que reúne los requisitos exigidos en la Ley 3/2011, de 24 de febrero, de medidas en materia de Contratos del Sector Público de Aragón.

Nombrar Vocales del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón a D. Jesús Colás Tenas y a D. Miguel Ángel Gil Condón, que reúnen los requisitos exigidos en la Ley 3/2011, de 24 de febrero, de medidas en materia de Contratos del Sector Público de Aragón

El presente Decreto producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 5 de febrero de 2013.

La Presidenta del Gobierno de Aragón,

LUISA FERNANDA RUDI ÚBEDA

El Consejero de Hacienday Administración Pública,

JOSÉ LUIS SAZ CASADO